Como contratar Letras del Tesoro

En esta oportunidad le vamos a comentar como podemos contratar Letras del Tesoro, pero antes vamos a detallar algunos conceptos de interés. Estas letras son valores emitidos por el Tesoro Publico de renta fija a corto plazo representados mediante anotaciones en cuenta, es decir son identificados mediante la inscripción en registros contables especiales. Actualmente el Tesoro emite Letras del Tesoro a 6, 12 y 18 meses.

Se trata de valores emitidos al descuento, es decir, el inversor las adquiere a un valor inferior al de reembolso, la diferencia entre precio de adquisición y valor nominal es el descuento y representa el interés o rentabilidad absoluta que se obtiene, de esta manera siempre recupera el capital invertido.

Ahora bien, estas letras pueden contratarse en forma directa a través del Mercado Primario, donde son emitidas mensualmente mediante un sistema denominado Subasta Competitiva, en donde los inversores presentan sus peticiones al emisor (el Tesoro Publico) en las cuales se reflejan los precios que están dispuestos a pagar por los valores. El emisor decide el precio mínimo que acepta recibir, rechazando todas las peticiones a precios inferiores, los valores son adjudicados al mejor o los mejores postores. El importe mínimo de cada petición es de 1.000 €, y las peticiones por importe superior deben ser múltiplos de 1.000 €.

Cualquier persona física o jurídica puede formular las peticiones de suscripción a través de la Entidad Gestora en que desee que los valores queden registrados. Estas peticiones pueden presentarse en cualquier sucursal del Banco de España, en cualquier intermediario financiero, por teléfono al servicio de suscripción de Valores del Tesoro o también a través de Internet.

También podemos contratarlas a través del Mercado Secundario, donde se negocian valores previamente emitidos, es un mercado muy activo en el que participan la inmensa mayoría de los intermediarios financieros. Tiene una ventaja importante ya que nos permite invertir a plazos distintos que los establecidos por el Tesoro. La compra podemos realizarla de dos formas:

  • Directamente a través de un intermediario financiero, como un banco, caja, cooperativa de crédito, sociedad o agencia de valores. En este caso el precio y las comisiones se fijan libremente entre el cliente y la entidad, por lo que pueden diferir de una entidad a otra.
  • A través de la Bolsa, donde la orden de compra se debe presentar en una Sociedad o Agencia de Valores y Bolsa.
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