Depósito Libre CatalunyaCaixa

CatalunyaCaixa se encuentra comercializando su nuevo Depósito Libre, un producto de ahorro a interés creciente que ofrece una interesante rentabilidad del 4% TAE a 12 meses de plazo.

Se trata de uno de los mejores depositos a 12 meses, el cual es contratable exclusivamente con dinero nuevo, ofreciendo el 100% del capital garantizado y cobertura del FGD.

El Deposito Libre posee liquidación de intereses de forma mensual, y además es un producto que ofrece total disponibilidad de su dinero, ya sea de forma parcial o total, ya que podrá retirarlo cuando lo necesite sin penalización.

La contratación del Deposito Libre no requiere de una inversión mínima para su contratación, y le ofrece la posibilidad de obtener un rendimiento del 4% TAE al vencimiento de los 12 meses, ya que se trata de un interés creciente compuesto de la siguiente forma:

  • 1er.Trimestre: 1,20% TAE
  • 2do.Trimestre: 3,00% TAE
  • 3er.Trimestre: 5,00% TAE
  • 4to.Trimestre: 7,00% TAE
  • TAE Global 4%

Asimismo, la entidad informa que el cliente tendrá total disponibilidad de su dinero, sin ningún tipo de penalización, cobrando los intereses hasta el último abono mensual, aunque deberá tener en cuenta que al tratarse de un deposito con interes creciente, solo podrá obtener el 4% TAE si deja su dinero hasta el vencimiento.

 

 

Fiscalidad de los depositos

Este producto estará gravado en el IRPF 2012, siendo considerados rendimientos de capital mobiliario. Como tal, estará sujeta a la fiscalidad de los depósitos normal y habitual:

  • Para los residentes en España los intereses de este tipo de depósitos están sujetos a una retención a cuenta del IRPF del 21% según la legislación vigente. En el caso de que el importe de los intereses excedan los 6.000 euros,pero sean menores de 24.000 euros, habrá que pagar un 25%. Y si superan el umbral de los 24.000 euros, el tipo aplicable será del 27%.
  • Para los no residentes en España con declaración de no residencia fiscal en vigor no se aplicará la Retención fiscal.

Limites a las rentabilidades

La Ley Salgado es aquella con la que se intentó poner un freno a los superdepósitos, estos son, aquellos depósitos bancarios que ofrecían rentabilidades muy por encima de la media del mercado. Hoy en día, sin embargo, son demasiadas las entidades que hacen caso omiso de ella y prefieren pagar las penalizaciones a perder clientes por no tener buenos tipos de interés.

El Decreto contempla la aportación adicional a estos fondos a las entidades que remuneren excesivamente sus depósitos, tanto a plazo como a la vista.

Las contribuciones a los Fondos de Garantía de Depósitos se calcularán ponderando en un 500 por 100 los importes de los depósitos que se remuneren por encima de los siguientes umbrales

  • En caso de depósitos a plazo con una duración igual o inferior a tres meses, más de 150 puntos básicos sobre Euribor a tres meses.
  • En caso de depósitos a plazo con una duración superior a tres meses e inferior a un año, más de 150 puntos básicos sobre Euribor medio a seis meses.
  • En caso de depósitos a plazo con una duración igual o superior un año, más de cien puntos básicos sobre Euribor medio a doce meses.
  • En caso de cuentas a la vista, más de cien puntos básicos sobre Euribor medio a un mes.

Trimestralmente, las entidades comunicarán el importe total de sus depósitos cuya remuneración exceda de los límites e ingresarán los importes de penalizacion que correspondan.

Aqui os dejamos un video explicativo acerca de que son los depositos bancarios

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