Euribor Diciembre 2011

 

Con Diciembre ha terminado el año 2011. Y con el han llegado los datos del Euribor Diciembre 2011, el cual se ha ubicado en el valor del 2,00% , lo que constituye una subida de medio punto porcentual con respecto a los valores registrados en Diciembre de 2010. Asi, las hipotecas subiran nuevamente para quienes les toque revisarla con este dato.

La media del valor del euribor en el mes de Diciembre de 2011 se ha ubicado en torno al 2,004%, un poco por debajo de los valores registrados en Noviembre (2,006%) pero por encima del Euribor de Diciembre de 2010, que fue del 1,526%. Asi, el  el Euribor a 12 meses cierra el 2011 por debajo de lo que fue el máximo anual alcanzado durante el pasado mes de Julio que fue del (2,183%)

Esto implica un alza en la cuota a pagar de una hipoteca que tenga que revisarse con los valores de Diciembre de 2011. Un ejemplo es el de una hipoteca media de 150.000€ cuyo plazo de amortización alcance los 25 años y fuera suscrita en Diciembre del año 2010,por ese entonces con un Euríbor del 1,526%, en este caso la cuota mensual será de entre 601€ a 636€ aumentando 35€ más lo que para el bolsillo es una sustancial diferencia que deben pagar.

Asi, nuevamente se produce un importante aumento en el peso de muchas familias españolas con sus finanzas en problemas, ya sea por el paro que afecta a muchísimos españoles como asi tambien por el peso del ajuste que se viene en este 2012, y que implica subidas de impuestos y congelamiento de salarios.

Fiscalidad en las Hipotecas

Los recientes cambios en materia impositiva realizados por el Gobierno de Rajoy ha dejado varias modificaciones importantes. Los cambios en los tramos del IRPF han sido solo algunos, pero quiza la mejor noticias entre tanto ajuste nos la trae la vuelta de la deducción por vivienda habitual.

Las deducciones por inversión en vivienda habitual -este es el nombre tributario que le da el fisco- incluyen los siguientes conceptos:

  • Lo ingresado en una cuenta vivienda.
  • Lo pagado al vendedor, constructor, promotor de la vivienda, designando el NIF de los mismos en la declaración de hacienda.
  • Los gastos e impuestos de la escritura de compraventa: notaría, registro, IVA, ITP o Actos Jurídicos Documentados.
  • Los gastos por obras de construcción, ampliación o rehabilitación de la vivienda.
  • Los recibos del préstamo y los gastos de la escritura del préstamo.
  • Las primas de seguros de vida e incendios cuya suscripción exige el banco al conceder la hipoteca.
  • Las ayudas públicas concedidas al contribuyente para la adquisición de la vivienda habitual, dichas ayudas también hay que declararlo como ganancias patrimoniales.
  • El coste de los instrumentos de cobertura de riesgo del tipo de interés variable del préstamo hipotecario.

Esto significa que si usted ha comprado la vivienda con una hipoteca, podrá deducir lo abonado por la misma dentro los topes máximos a deducir por año, que por todo concepto, es de 9.015 euros y, en el caso de vivienda habitual de una persona discapacitada, de 12.020 euros. Esta deducción tiene doble tope, ya que a los importes máximos antedichos se le agrega que la deducción de forma genérica no puede ser mayor al 15% de la base de desgravación. Esto es, del valor de la vivienda.

Aqui le acercamos un interesante video de lainformación.com, donde explica ¿que es el euribor?