Traspaso de Fondos a Ibercaja

Ibercaja ha vuelto al ruedo y ha ampliado el plazo de la campaña de captación de fondos de inversión hasta el 31 de diciembre próximo, por la cual bonificará el 1% del importe que traspase a la entidad por fondos de inversión.

Esta campaña contemplará los traspasos que se efectúen hasta el 31 de diciembre del corriente.

Como segunda condición para la obtención de la bonificación la entidad impone que se produzca un aumento en la posición neta entre la fecha del traspaso y el 10 de marzo de 2014, de al menos, el importe total del traspaso.

La promoción excluye los cambios de comercializador y los traspasos internos de otros fondos de inversión.

El abono del 1% de bonificación se realizará en la cuenta corriente se realizará con valor del día 17 de marzo de 2014. En consecuencia no se podrá realizar operaciones de reembolso, traspasos de salida, cambio de comercializador de fondos antes de la mencionada fecha.

Según informa Ibercaja la entidad cuenta con una amplia gama de Fondos, participando de esta promoción los traspasos efectuados a los siguientes:

Renta Fija Corto Plazo

Renta Fija Medio-Largo Plazo

Gestión Dinámica

MixtosMixtos de Renta Fija

Mixtos de Renta Variable

Renta VariableRenta Variable- Geográficos

Renta Variable- Sectoriales

Globales

GarantizadosGarantizados de Renta VariableGarantizados de Gestión ActivaGama Selección

Buena opción si estamos interesados en el traspaso de estos productos

Fiscalidad Fondos de Inversión

Los cambios en materia tributaria realizados a fines de 2011, con efectos inmediatos a partir del 1º de enero de 2012, dan cuenta, entre otras medidas, de una subida de los tramos del IRPF 2012 y en la tributación de las rentas del ahorro, entre las que encontramos la fiscalidad de los fondos de inversion.

Los fondos de inversión no están sometidos a tributación en el IRPF hasta que se produce la transmisión o reembolso de participaciones. En ese momento se generará una variación patrimonial, ganancia o pérdida, por diferencia entre el valor de transmisión o reembolso y el valor de adquisición o suscripción de las participaciones, esto es:

Valor de Reembolso – Valor de Suscripción = Resultado Impositivo (Ganancia o Pérdida)

Cuando se produce el reembolso de participaciones del fondo de inversión se considera que se transmiten aquéllas que fueron adquiridas en primer lugar, es decir, se aplica el denominado sistema FIFO (first in – first out). En nuestro idioma: primera entrada-primera salida. Los gastos y tributos inherentes a la adquisición o la transmisión se suman y se restan, respectivamente, considerándose como un mayor valor de adquisición y como un menor valor de venta.

Las ganancias patrimoniales derivadas de transmisiones de participaciones de fondos de inversión están sometidas a los siguientes tipos:

  • Las ganancias hasta 6.000 tributan al 21%
  • A partir de 6.000 euros y hasta 24.000 habrá que pagar un 25%
  • A partir de 24.000 euros se pagará una retención de 27%