Depósito Creciente 5 años Unicaja

Los depósitos crecientes son una manera elegante de obligar al cliente a mantener su dinero en la entidad hasta el vencimiento. Por esta razón, la rentabilidad ofrecida debería ser un poco más alta que los depósitos tradicionales. Pero esto no sucede con el Depósito Creciente 5 años Unicaja ya que ofrece un 3,25% TAE, siempre que cumpla con ciertos requisitos de vinculación.

El Depósito Creciente 5 años de Unicaja es una con rentabilidad creciente año tras año, que ha sido actualizada de la siguiente manera:

  • Primer año: 2,00%
  • Segundo año: 2,45%
  • Tercer año: 3,50%
  • Cuarto año: 4,00%
  • Quinto año: 4,50%
  • TAE Global: 3,25%

Para obtener estos tipos de interés deberá cumplir con ciertos requisitos de vinculación, como mantener una Cuenta a la vista con saldo medio superior a 600 euros, tarjeta de débito o crédito con un consumo anual en comercios de 1.200 €, servicios a distancia, domiciliación de, al menos, tres recibos y domiciliación de haberes (nóminas: importe mínimo de 1.000 €. Pensión: importe mínimo 600€) o seguros sociales en el caso de autónomos.

En caso de no cumplir con estos elevados requisitos de vinculación, la remuneración se verá sustancialmente disminuída, de acuerdo al siguiente esquema:

  • Primer año: 1,90%
  • Segundo año: 2,30%
  • Tercer año: 3,20%
  • Cuarto año: 3,75%
  • Quinto año: 4,00%
  • TAE Global: 3,00%

Se puede contratar desde un mínimo de 6.000 € y la liquidación de los intereses es cada 3 meses, con abono en la cuenta a la vista vinculada.

En caso de cancelación antes de vencimiento del depósito, no se aplica comisión sino que el depósito se liquida a un tipo de interés inferior. De esta forma, si el depósito se cancela  en el primer o segundo año se remunerará al 1,50% TIN. Si se cancela en cualquier otro año el TIN a aplicar entre la fecha última liquidación y la fecha de cancelación es el del año anterior.

Como puede ver, este depósito tiene varios puntos negativos, como la baja rentabilidad y el alto monto a ingresar, lo que no lo hace muy atractivo frente a sus clientes. La ausencia de penalización por cancelación anticipada no puede contrarrestar el resto.

Realmente una propuesta que lo obliga a contratar demasiados productos para ofrecer un rendimiento por debajo de la media… siga buscando.

Más información

Fiscalidad de los depósitos

Este producto estará gravado en el IRPF 2011, siendo considerados rendimientos de capital mobiliario. Como tal, estará sujeta a la fiscalidad de los depósitos normal y habitual

  • Para los residentes en España los intereses de este tipo de depósitos están sujetos a una retención a cuenta del IRPF del 21% según la legislación vigente. En el caso de que el importe de los intereses excedan los 6.000 euros,pero sean menores de 24.000 euros, habrá que pagar un 25%. Y si superan el umbral de los 24.000 euros, el tipo aplicable será del 27%.
  • Para los no residentes en España con declaración de no residencia fiscal en vigor no se aplicará la Retención fiscal.

Aqui os dejamos un video explicativo acerca de que son los depositos bancarios:

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