Depósito Vinculación a 12 meses Banco Herrero

Banco Herrero posee un producto que premia a los clientes más fieles. Se trata del Depósito Vinculación a 12 meses, donde el cliente que posea una determinada cantidad de productos del banco obtendrá una rentabilidad mayor en un plazo de 12 meses.

Esta oferta estará disponible para todo tipo de clientes, aunque los que posean su nómina o pensión domiciliada en Banco Herrero serán mejor remunerados, y también podrá incrementar el tipo de interés inicial que posee este producto si su patrimonio final es superior al inicial. Además, el Depósito Vinculación ofrece la recuperación del 100% del capital al vencimiento.

De esta forma, a la rentabilidad inicial del Depósito Vinculación (la cual no es informada por la entidad) habria que añadirle lo siguiente:

  • +0,50% por el abono en concepto de nómina o pensión, con un importe mínimo mensual de 700 euros, durante al menos ocho meses.
  • +1,25% si su patrimonio final es superior al 80% del patrimonio inicial más el importe contratado en el depósito.

El pago de intereses es a vencimiento. En caso de cancelación anticipada total, (no se permite la cancelación parcial) se aplicará una penalización del 1%, sobre el saldo del depósito para el período comprendido entre la fecha de cancelación y la de vencimiento. Dicha penalización no podrá exceder del importe de los intereses generados desde el inicio de la operación.

Lo puede contratar desde sólo 600 euros y hasta un máximo de 25.000 euros.

En fin. Los depósitos de fidelidad, generalmente, no generan rentabilidad debido a los costos de los productos asociados. Si usted tiene esos productos ya contratados, es una buena oportunidad. Si usted tiene que contratarlos ahora, elija otro depósito donde invertir su dinero.

Más información

Fiscalidad de los depositos

Este producto estará gravado en el IRPF 2011, siendo considerados rendimientos de capital mobiliario. Como tal, estará sujeta a la fiscalidad de los depósitos normal y habitual

  • Para los residentes en España los intereses de este tipo de depósitos están sujetos a una retención a cuenta del IRPF del 21% según la legislación vigente. En el caso de que el importe de los intereses excedan los 6.000 euros,pero sean menores de 24.000 euros, habrá que pagar un 25%. Y si superan el umbral de los 24.000 euros, el tipo aplicable será del 27%.
  • Para los no residentes en España con declaración de no residencia fiscal en vigor no se aplicará la Retención fiscal.

Aqui os dejamos un video explicativo acerca de que son los depositos bancarios

 

 

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